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Día de los Derechos Humanos y la Diligencia Debida.

En el Día de los Derechos Humanos queremos visibilizar la campaña donde se explicita la obligación de las mulltinacionales de respetar los Derechos Humanos. Esta obligación se refleja en el concepto de Debida Diligencia y aparece por primera vez referido a empresas y derechos humanos en los Principios Rectores de Naciones Unidas.

La debida diligencia en materia de derechos humanos es generalmente entendida en relación con aquellas herramientas o medidas a través de las cuales las empresas pueden identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas por los impactos negativos sobre los derechos humanos de sus actividades y  transacciones económicas.

Algunas de estas medidas son:

  • Análisis de las actividades, productos y servicios de la empresa con el fin de identificar posibles riesgos para los derechos humanos. Es decir, la empresa debe evaluar si sus operaciones, del tipo que sean suponen un riesgo para los derechos humanos. En este análisis se incluirán no solo las actividades directas (las que la propia empresa realiza) sino también las indirectas (aquellas que realizan otros ligados a ella).
  • Identificados esos riesgos, la empresa debe poner en marcha toda una serie de medidas para que esos riesgos no lleguen a materializarse, por ejemplo, ofrecer formación específica en materia de derechos humanos a aquellos empleados que tengan más capacidad para incidir negativamente en estos, establecer análisis del cumplimiento de una serie de estándares sociales a proveedores de forma previa a su contratación, la imposición de ciertas obligaciones de comportamiento a empleados y a terceros.
  • Una vez implementadas esas medidas, la empresa debe revisar y asegurarse de su cumplimiento a través de procesos de evaluación como auditorías, revisión de cumplimiento de cláusulas contractuales sociales, etc…
  • En función de los resultados de estas revisiones, la empresa deberá tomar medidas para mejorar los procesos y para eliminar los riesgos que hubiese detectado.
  • La empresa debe tener previstas medidas para la reparación de posibles impactos negativos sobre los derechos humanos que se lleguen a producir, entre ellas, y como medida previa a la reparación, la empresa debe establecer mecanismos operacionales que permitan a cualquier persona canalizar una reclamación o una queja sobre un cierto comportamiento empresarial que le está suponiendo una vulneración de sus derechos. Se trata de mecanismos específicos para canalizar quejas o denuncias en materia de derechos humanos.

En el Día de los Derechos Humanos debemos exigir a las multinacionales que también ellas los respeten en su funcionamiento, para ello trabajaremos desde el movimiento de comercio justo por una Ley de Debida Diligencia en el Estado. 

 

26 de noviembre de 2020

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